Ley 320 – Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito

Luego de que el presidente de la República, Laurentino Cortizo, sancionara la Ley 320 del 24 de agosto de 2022, que garantiza la vigencia de las pólizas de seguro de vehículo, por lo tres meses, para la obtención del revisado y la placa o calcomanía de circulación en el territorio nacional la Asociación Panameña de Aseguradores (Apadea) se pronunció al respecto y recordó que en Panamá todas las pólizas de automóviles que se comercializan son por un año mínimo.

Recordaron a los propietarios de vehículos que la nueva Ley establece que se deberá mantener plenamente vigente, en todo momento, la póliza de seguro obligatorio básico de accidentes de tránsito requerida por el Reglamento de Tránsito.

Al momento de obtener el certificado de inspección vehicular, o de comprar la Placa o calcamonía de permiso de circulación respectivo, la póliza debe tener al menos noventa días de vigencia.

También resaltan que todo vehículo de motor o unidad de arrastre que transite en el país, o llegue a sufrir un accidente de tránsito, sin tener la póliza de seguro obligatorio básico de accidentes plenamente vigente, se le retendrá la licencia de conducir, sin perjuicio de cualquier otra sanción que establezca el Reglamento de Tránsito. La licencia de conducir le será devuelta, cuando el propietario presente su póliza de seguro obligatorio.

Otro aspecto importante que resalta de la Ley es que si algún conductor circula sin contar con su respectiva póliza de seguro obligatorio básico de accidentes de tránsito plenamente vigente y se vea involucrado en un accidente de tránsito que haya ocasionado lesiones corporales o daños a la propiedad ajena, según resolución de juzgado de primera instancia, le serán retenidos la licencia de conducir y el vehículo involucrado en el hecho por parte de la ATTT y le serán devueltos una vez haya cubierto los daños a terceros.

Fuente: https://www.radiopanama.com.pa/noticias/actualidad/apadea-realiza-aclaracion-sobre-la-ley-320-del-24-de-agosto-de-2022/20220901/nota/4192782.aspx

Veamos algunos de los artículos más relevantes que afectan en mayor o menor medida a raíz de esta nueva ley:

Artículo 3

«A todo aquel que circule sin contar con su respectiva póliza de seguro obligatorio básico de accidentes de tránsito plenamente vigente y se vea involucrado en un accidente de tránsito que haya ocasionado lesiones corporales o daños a la propiedad ajena, según resolución de juzgado de primera instancia, le serán retenidos la licencia de conducir y el vehículo involucrado en el hecho… y le serán devueltos una vez haya cubierto los daños ocasionados a terceros.»

Artículo 4

«La retención de la licencia de conducir y del vehículo involucrado a que se hace mención el artículo anterior se suspenderá por parte de la autoridad competente, cuando quien haya sido declarado culpable del hecho, haya indemnizado los gastos correspondientes a los afectados por causa de dicho accidente de tránsito hasta los límites de sumas aseguradas establecidas en la Ley de seguro obligatorio básico de accidentes de tránsito.»

A continuación podrás encontrar el nuevo texto de la Ley 320 Sobre Seguro Obligatorio en Accidentes de Tránsito promulgado el 24 de agosto de 2022.

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